POR LA SUSPENSIÓN DE LA MEGAFUSIÓN ENTRE TELECOM y CABLEVISIÓN
AUDIENCIA PÚBLICA EN EL CONGRESO
POR LA SUSPENSIÓN DE LA MEGAFUSIÓN ENTRE TELECOM y
CABLEVISIÓN
Hacia el final del 2017 se presentó en el Congreso
Nacional un proyecto de Ley para suspender “la transferencia de Cablevisión a
Telecom y su control societario por parte de Cablevisión Holding SA” del grupo
Clarín.
Este proyecto que plantea la defensa de los puestos y
condiciones de trabajo, y la perspectiva de un convenio único de la actividad
de las telecomunicaciones, que incluya lo más progresivo de cada convenio
frente a cualquier intento de flexibilización. Todo esto será debatido este
jueves a las 17horas en la Audiencia Pública abierta a todos los trabajadores e
interesados, que se realizará en la sala 1 del Congreso.
Desde La Naranja apoyamos este proyecto e invitamos a los
compañeros y compañeras de todo el gremio de televisión, en particular de
Cablevisión, a participar.
En los fundamentos del proyecto, elaborado por
trabajadores y la diputada Romina Del Plá del bloque del Frente de Izquierda y
el Partido Obrero, se denuncian las consecuencias que tendrá esta fusión para
los usuarios y trabajadores. Rechazando la política de los decretos de
“necesidad y urgencia” del gobierno que favorecen una concentración sin precedente de todos servicios
convergentes, como la telefonía fija, móvil, trasmisión de datos/Internet y la
televisión por cable que deben ser garantizados cómo servicios públicos a toda
la población trabajadora.
Invitamos a la comisión directiva del SATSAID a
participar de la audiencia y a poner en conocimiento de los trabajadores las
implicancias de esta megafusión que interesa a todo el gremio.
Contacto para anotarse: naranjadetelevision@gmail.com
Continuación reproducimos el proyecto de Ley presentado:
QUE SE SUSPENDA LA ABSORCIÓN Y FUSIÓN DE TELECOM Y
CABLEVISIÓN
LA SUSPENSIÓN DE LA FUSIÓN DE TELECOM CON CABLEVISIÓN, EL
CUMPLIMIEN¬TO DEL PAGO DE LOS BONOS ADEUDADO A LOS TRABAJADORES Y LA DEFENSA
DEL SERVICIO UNIVERSAL A TODOS LOS USUARIOS Y CONSUMIDORES.
Artículo 1º.- Se suspende la transferencia de
CABLE¬VISIÓN SOCIEDAD ANONINA a TELECOM ARGENTINA SO¬CIEDAD ANONIMA y el
control societario de la empresa TELECOM ARGENTINA SA por CABLEVISIÓN HOLDING
SO¬CIEDAD ANÓNIMA.
Artículo 2º.- TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANO¬NIMA debe
cumplir con los Pliegos de privatización de ENTEL (Empresa Nacional de
Telecomunicaciones) consistente en el pago del 10% de la ganancia imponible y
emitiendo en dicha proporción los Bonos de participación en las ganancias para
todos los empleados vinculados a dicha empresa, y para quienes hayan perdido su
relación laboral y/o sus descendientes.
Artículo 3º.- Se suspende la Fusión de CABLEVISIÓN
SOCIEDAD ANONINA y TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA hasta que se garantice la
prestación y acceso de la población a los diversos servicios de telecomunicaciones,
que debe ser universal, a todas las localidades y zonas del país.
Artículo 4º.- Se suspende la Fusión de CABLEVISIÓN
SOCIEDAD ANONINA y TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA hasta que se garanticen
los puestos y condiciones de trabajo, en un convenio único de la actividad de todos
los trabajadores de CABLEVISIÓN, TELECOM, PERSO¬NAL, ARNET, FIBERTEL Y NEXTEL.
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. De forma.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El presente proyecto de Ley tiene como primera resolución
y fundamento la suspensión de la fusión de TELECOM ARGENTINA S.A. con CABLEVISIÓN
S.A. por oposición al reforzamiento de un monopolio de las telecomunicaciones
en diversas áreas y regiones de la Argentina que afectará a los trabajadores,
usuarios y consumidores.
No
1ra PARTE: VULNERA DERECHOS DE
LA POBLACIÓN Y EL MARCO LEGAL
El gobierno actual, pese a los anuncios de que presentaría
un proyecto de ley de las telecomunicaciones, sólo emitió decretos
“regulatorios” que modificaron sustancialmente las leyes vigentes. Es así como
fue eliminada la Autoridad de aplicación, la Autoridad Federal de Servicios de
Comunicación Audiovisual (AFSCA) y la Autoridad Federal de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones (AFTIC). Estos decretos concentran en una
nueva autoridad de Aplicación (ENACOM) comandada por un directorio designado
por el Poder Ejecutivo Nacional donde todos sus directores pueden ser removidos
directamente por el presidente de la Nación “sin expresión de causa” (conf.
art. 5º del dto. 267/2015).
La fusión de TELECOM ARGENTINA S.A. con CABLEVI¬SIÓN S.A
se basa en el Decreto de “necesidad y urgencia” N° 267/2015 y el Decreto
1340/2016 que violan el marco legal que regula las telecomunicaciones de
nuestro país, como ser la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA),
ley nº 26.522, y la Ley de Telecomunicaciones “Argentina Digital”, ley n°
27.078, como así también la Constitución Nacional Arts. 41, 45, 48, 161;
afectando derechos individuales y colectivos de los trabajadores, usuarios y
consumidores.
La vulneración del marco regulatorio mediante sucesivos
decretos favoreció a la empresa CABLEVISIÓN del grupo Clarín, que primero
adquirió Nextel donde se produjeron cientos de despidos y cambios en las
condiciones de trabajo, al punto que NEXTEL fue vaciada y absorbida como empresa
de telecomunicaciones. Ahora se pretende profundizar ese camino en una escala
muy superior con TELECOM ARGENTINA SA. Los decretos de “Necesidad y Urgencia”
nº 267/2015 y nº 1340/2016 atentan contra derechos como la libertad de
expresión y acceso a la información y defensa de la “competencia” al favorecer
una concentración monopólica tanto en materia de contenidos como de infraestructura,
interconexión, transporte, comercialización y exhibición final de flujos de la
comunicación. Es el caso del grupo Clarín que consolida una posición dominante
a través de diarios, canales de televisión, radios, revistas, canales de cable
y otros medios digitales que se complementan con Cablevisión, Nextel, Fibertel
y Telecom (Arnet y Personal) que pasarían a formar parte hora CABLEVISIÓN
HOLDINGS SA. De ese modo la supuesta separación de los contenidos y la
infraestructura pasa a ser una ficción porque mantiene los mismos accionistas
en ambas empresas.
La “convergencia tecnológica” y el “cuádruple play” vienen
avanzando desde hace años en cada una de las empresas, es decir en este caso en
TELECOM y CABLEVISIÓN, sin necesidad de Fusión.
Recientemente Telecom dejó de brindar el servicio de la
operadora internacional incomunicando a los usuarios con países que no tienen
DDI (Discado Directo Internacional). También dejó de brindar el servicio de
operadora nacional y tarjetas prepagas, que afectan a los sectores más postergados
y vulnerables de la sociedad (jubilados
desocupados) anticipando un negocio concentrado, con tarifas
desreguladas, que vulneran derechos elementales de la comunicación e información
de la población, los usuarios y los trabajadores.
La Ley 22.285 de servicios de comunicación audiovisual
establecía la imposibilidad de otorgar licencias para la prestación de
servicios de radiodifusión (entre ellos TV y TV Digital) a empresas
prestatarias de servicios públicos, entre las cuales se encuentra TELECOM
ARGENTINA SA. Las redes troncales y de dispersión de TELECOM ARGENTINA S.A. y
CABLEVISIÓN S.A. son las únicas en la mayor parte de la región centro y norte
del país, donde esta Fusión viene a consolidar un único operador.
A esto se agrega que el decreto 1340/16 dispone “vacaciones
regulatorias” durante quince años de gracia a las empresas que están operando
para que “maduren las redes”. Estableciendo la ausencia de una intervención
regulatoria que favorece una concentración monopólica que concentra s “inversiones”
en las redes de última milla más “rentables” desinvirtiendo en el resto de las
zonas y usuarios.
Según estadísticas del Ministerio de Modernización la
conectividad que hoy se menciona como un recurso básico, solo alcanza a una de
cada tres personas en Argentina.
2da PARTE: VULNERA DERECHOS DE
LOS TRABAJADORES
TELECOM ARGENTINA S.A. adeuda la obligación que asumió de
emisión de los títulos (bonos de participación en las ganancias) a sus
empleados junto con la licitación para la prestación del servicio público de
telecomunicaciones desde la privatización. Una obligación prevista en el art.
29 de la ley 23.696, de Reforma del Estado y capítulo I inc. 1.2, j del dto.
62/90.
Dicho incumplimiento generó miles de juicios y movilizaciones
de los trabajadores a la sede de Telecom, al Ministerio de Trabajo (Alem 650) y
al Congreso Nacional, donde se realizaron audiencias públicas masivas y se
presentaron dos proyectos de ley: el primero del diputado Néstor Pitrola
(Expte. 9828-D-14) –que reunió la firma de 13 legisladores nacionales- y el
segundo del diputado Héctor Recalde (Expte. 4319-D-2015) –con la firma de 16
diputados.
El decreto 395/92 (inciso 4) que dictó el Poder Ejecutivo
en beneficio de las empresas Telecom S.A. y Telefónica de Argentina S.A para
eximir de dicha obligación, fue declarado inconstitucional por la Corte Suprema
(en el fallo “Gentini, Jorge Mario y otros c/ Estado Nacional” Expte. Nº
4490/99) el 12 de agosto de 2008. El fallo del máximo tribunal nacional hizo
desaparecer toda indeterminación jurídica sobre la obligación de pagar los
Bonos de participación en las ganancias a los empleados de TELECOM DE
ARGEN¬TINA SA, que continúa incumpliendo esta obligación legal mientras
presiona a los trabajadores de diferentes formas para que levanten los juicios,
en una práctica extorsiva, abusiva e ilegal que vulnera derechos legales y
elementales de los trabajadores argentinos.
Por todos estos motivos, solicitamos a los diputados y diputadas
el acompañamiento del presente proyecto de ley.
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